Ver.: 23-Abr-2023
Ofertado por ALVALUZ

Descripción

Este seminario aborda las creencias más comunes del derecho laboral en el sector privado, las cuales en caso de estarse aplicando en su empresa, podrían estar ocasionando pagos en exceso de remuneraciones y beneficios o estarlo exponiendo a multas laborales.

Conozca cuáles son las verdades a todos estos mitos del derecho laboral.


¿Para quién es este Seminario?

  • Gerentes Generales, Dueños de Empresas y emprendedores
  • Encargados de la administración de Nómina
  • Encargados de la supervisión del departamento de talento humano

Contenido

2 Unidades
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31 Actividades
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30 Videos
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4.5 Horas

UNIDAD 1: DESCARGA DEL MATERIAL

  • 1.1. Descarga de la presentación y formatos

UNIDAD 2: MITOS DEL DERECHO LABORAL CON SUS RESPECTIVAS VERDADES

  • 2.1. Introducción: La Falacia de la Autoridad
  • 2.2. No se le paga horas extras al personal de confianza
  • 2.3. Se le puede pagar beneficios de ley al Representante Legal
  • 2.4. Cuando un trabajador del sector privado se enferma, los 3 primeros días se le debe pagar 100%
  • 2.5. Cuando un trabajador del sector privado está enfermo, el IESS cubre el 75% del sueldo y el empleador o empresa paga el 25% restante
  • 2.6. En accidente de trabajo, debe pagar el empleador o empresa al trabajador del sector privado, el 25% del sueldo no cubierto por el IESS
  • 2.7. Si un trabajador labora en sábado o domingo SIEMPRE se le debe pagar esos días con el 100% de recargo
  • 2.8. Cuando se recupera tiempo perdido de trabajo, los días de descanso semanal o feriados, como se pagan doble se recuperan también el doble
  • 2.9. El pago del desahucio es obligatorio
  • 2.10. Ya no es obligatorio dar los 15 días al momento de renunciar
  • 2.11. Es obligatorio aceptar la renuncia del trabajador
  • 2.12. La renuncia debe ser por escrito
  • 2.13. La decimacuarta remuneración en jornada parcial permanente, es la mitad del salario básico
  • 2.14. La decimacuarta remuneración en jornada parcial permanente se debe pagar según los días de la planilla del IESS
  • 2.15. Si se cambia al trabajador a tiempo parcial, se le debe hacer firmar una renuncia, liquidarlo y hacerle un nuevo contrato de trabajo a tiempo parcial
  • 2.16. El personal que labora a medio tiempo tiene derecho únicamente 7 días de vacaciones
  • 2.17. Solo se pueden acumular hasta tres períodos vacacionales, luego esos días se pierden
  • 2.18. Si el trabajador pide un viernes de vacaciones, se restan 3 días
  • 2.19. Puedo contratar al médico de la empresa con contrato civil
  • 2.20. Al personal cesante se le puede pagar las utilidades hasta el 15 de mayo
  • 2.21. Las utilidades no cobradas deben consignarse en el MDT
  • 2.22. Si la empresa de servicios complementarios generó más utilidades que la empresa usuaria, esta última no debe pagar utilidades a los trabajadores de la primera
  • 2.23. El contrato eventual se lo puede utilizar hasta por 180 días dentro de 365 días
  • 2.24. Lo mínimo que se puede pagar a un trabajador a tiempo completo es el salario básico unificado vigente
  • 2.25. Aviso de salida constituye de ipso-facto despido intempestivo
  • 2.26. En período de lactancia se reduce 2 horas el horario laboral
  • 2.27. El contrato especial emergente dura un año y si se lo termina antes hay que indemnizar por despido y pagar el proporcional del desahucio y, si no se lo renovó en el SUT antes del fin del plazo, se hizo ya indefinido
  • 2.28. Los llamados de atención deben sellarse en el Ministerio del Trabajo para que puedan utilizarse para un visto bueno
  • 2.29. Por toda calamidad doméstica, hay que dar licencia/permiso con remuneración
  • 2.30. Cuando se usa el "Contrato de Trabajo Juvenil" hay que tener contratado al joven un año

Inversión

Particulares: $ 29.00
Grupos: $ 19.00
Más IVA

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Promociones

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Instructores


  • Director de ALVALUZ y socio de Vanguardia Grupo Consultor
  • Actualmente y desde el 2013 labora como Gerente de Talento Humano y Desarrollo Organizacional en Portonovo S.A.
  • Asesor externo en materia legal laboral de varias empresas a través de ALVALUZ y Vanguardia Grupo Consultor
  • Autor del blog FAQ LABORAL ECUADOR y del sistema MultiNóminas ®
  • Abogado e Ingeniero en Gestión Empresarial Internacional (Universidad Católica de Santiago de Guayaquil); Magíster en Administración de Empresas mención Recursos Humanos (Universidad del Pacífico); y, Magíster en Derecho Laboral y Seguridad Social (Universidad Andina Simón Bolívar).
  • Certificado como: Licensed Neuro-Linguistic Programming Coach ®, Licensed Master Practitioner of Neuro-Linguistic Programming ®, Experto en Gestión del Talento y Recurso Humano, Auditor Interno ISO 9001, ISO 14001 y OHSAS 18001 y con diploma en Gestión por Competencias otorgado por Martha Alles Capital Humano y el Grupo Talex Formación
  • Experto reconocido en: Gestión del Talento y Recurso Humano, administración de nómina, derecho laboral y Excel
  • Ha sido contratado como docente / instructor por: Cámara de Industrias de Guayaquil, Cámara de Comercio de Guayaquil, Cámara de Industrias de Durán, Red Talento Humano Ecuador, Consultalent, Fundación Río Guayas, Universidad Católica de Santiago de Guayaquil (UCSG), Universidad Estatal de Milagro (UNEMI), Centro de Educación Continua de la Escuela Superior Politécnica del Litoral (ESPOL), entre otros centros
  • Ha recibido más de 750 horas de formación en temas relacionados a Recursos Humanos, Legislación Laboral, Seguridad Social y Nómina, Proyectos, Procesos, Habilidades Gerenciales, Programación Neuro Lingüística, entre otras áreas, capacitándose con grandes expertos como José Torres, Martha Alles, Daniel Goleman y Dave Ulrich